Effects of ‘agencification’ on the organisational structures of the Spanish local public sector: an exploratory analysis from the perspective of Organisation Theory
Andrés-Francisco Baute-Gutiérrez1
, Juan-José Alfaro-Saiz2
, Raúl Rodríguez Rodríguez3
Recibido: 21/03/2023 | Aceptado: 04/04/2023
Resumen
Las estructuras organizativas del sector público local (SPL) en España han pasado casi desapercibidas para la literatura. Quizá debido a la alta fragmentación territorial, este nivel de la administración pública se suele identificar con estructuras burocráticas simples. Otra razón pudiera deberse a la escasa presencia de perfiles Directivos Públicos Profesionales (DPP) en labores de gestión y generación de conocimiento. Este artículo pone el foco en los efectos que sobre las estructuras organizacionales del SPL ha tenido una de las reformas estrella del paradigma global de la Nueva Gestión Pública (NGP) de finales del S.XX, la “agencificación”. Se pretende con ello explorar y visibilizar la dimensión fenotípica de esta reforma. El análisis cuantitativo de las bases de datos abiertas de organismos oficiales ha permitido mapear y caracterizar al SPL. A diferencia de lo comúnmente aceptado por la literatura, en relación al estudio de la administración pública local como organización burocrática maquinal o profesional, de este análisis se evidencia que la forma multi-divisional (o incluso multi-dimensional), es la predominante en las organizaciones que entregan bienes y servicios públicos al mayor porcentaje de población en España. Este hallazgo permite sentar las bases para investigaciones empíricas futuras tendentes al fortalecimiento del SPL, como una de las metas incluida en el ODS16 de la Agenda 2030.
Palabras clave Teoría de la organización, NGP, sector público local, forma multidivisional, M-form.
Abstract
The organisational structures of the local public sector (LPS) in Spain have gone almost unnoticed in the literature. Perhaps due to the high territorial fragmentation, this level of public administration is usually identified with simple bureaucratic structures. Another reason could be due to the scarce presence of Public Professional Directors (DPP) in management and knowledge generation tasks. This article focuses on the effects on the organisational structures of the SPL of one of the star reforms of the global paradigm of New Public Management (NPM) at the end of the 20th century, ‘agency’. The aim is to explore and make visible the phenotypical dimension of this reform. The quantitative analysis of open databases of official bodies has made it possible to map and characterise the SPL. In contrast to what is commonly accepted in the literature, in relation to the study of local public administration as a machine-like or professional bureaucratic organisation, this analysis shows that the multi-divisional (or even multi-dimensional) form is predominant in the organisations that deliver public goods and services to the largest percentage of the population in Spain. This finding allows us to lay the foundations for future empirical research aimed at strengthening the SPL, as one of the goals included in SDG16 of the 2030 Agenda.
Keywords Organisational theory, NGP, local public sector, multi-divisional form, M-form.
La administración pública local en España afronta un difícil reto dentro de la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). Crear a todos los niveles (incluido el SPL) instituciones eficaces y transparentes que rindan cuentas, es el enunciado de la meta 16.6 del ODS 16. No en vano, “gran parte de los desafíos globales (y locales) para construir un desarrollo sostenible en el planeta poniendo a las personas en el centro y sin dejar a nadie atrás (ni a ningún territorio atrás), pasan por la transformación en y desde el nivel local“ (Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, 2021, p. 6). Estas instituciones son las responsables de proveer servicios públicos directamente a la ciudadanía. Pero a la vez, están sujetas a restricciones financieras y presupuestarias, que hacen de la gestión eficiente de sus limitados recursos una área de atención prioritaria (Pérez-López et al. 2015; Geys y Moesen 2009; Boyne y Walker 2010). De ahí que conocer y comprender las estructuras organizacionales permitiría orientar con mayor precisión las propuestas para la mejora del desempeño.
Boni et al. (2019) sostienen que la implementación de la Agenda 2030 y los ODS en las distintas realidades territoriales requiere también de contribuciones importantes desde la Ciencia, Tecnología e Innovación (CTI), motivo por el cual ha llevado a la ONU incluirla en el ODS 9. Abundando en ello, la Guía para la localización de la Agenda 2030 (Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, 2021) señala el importante rol que debe desempeñar la Academia en este proceso. Por ello, profundizar en el análisis y estudio de las organizaciones públicas desde la CTI puede contribuir decididamente a un mejor conocimiento de su comportamiento, a la vez que aportaría las claves necesarias para su transformación y fortalecimiento.
En esa línea, la Teoría de la Organización es un campo del conocimiento multidisciplinar que ha venido siendo utilizada para analizar la toma de decisiones tanto en organizaciones privadas como públicas (Scott y Davis, 2015). Para Ramió (1999) es ésta una ciencia social de segunda generación cuyo substrato es compartido por la economía, la sociología, la psicología, la antropología, la ingeniería, la politología e incluso, por la historia y el derecho.
Tomando como fundamento la Teoría de la Organización, este artículo exploratorio pretende analizar las estructuras organizativas en el SPL en España, como paso previo para profundizar en los desafíos que debe afrontar el personal directivo público (político o profesional) responsable del management. Para ello, el trabajo tiene un enfoque de tipo cuantitativo y cualitativo, tomando como estrategia metodológica el análisis de información extraída de bases de datos oficiales, el estudio de casos, y el análisis por afinidad con las estructuras organizativas definidas por la literatura.
El artículo se estructura en los siguientes apartados. En el apartado 2 se esboza de forma sucinta la relación entre las distintas corrientes integradas en la Teoría de la Organización y su aplicación a la gestión de la Administración Pública, profundizando en el paradigma de la Nueva Gestión Pública (NGP) y el efecto de la “agencificación” en las estructuras organizativas del SPL. En este apartado también se formulan las cuestiones de investigación. El apartado 3 describe las metodologías cuantitativas y cualitativas utilizadas para dar respuesta a estas cuestiones de investigación. En el apartado 4 se muestran los resultados obtenidos y se discuten los mismos. Por último, en el apartado 5 se redactan las conclusiones, así como se esbozan las líneas futuras de investigación.
La moderna Teoría de la Organización tiene apenas un siglo de antigüedad. Pese a ser una disciplina joven, en la que confluyen diversos campos del conocimiento, es a la par compleja debido a la gran cantidad de escuelas, corrientes o enfoques que se han ido generando durante estas últimas décadas (Ramió, 1999, p. 7). Varios son los autores que han realizado el ejercicio de clasificar las distintas corrientes y escuelas (Ramió, 1999; Claver et al., 2002; Christensen, 2019). Atendiendo a la evolución temporal, Ramió (1999) propuso la clasificación en tres grupos:
• Enfoques clásicos: sobre los que se edifica la moderna Teoría de la Organización y que han canalizado la mayoría de las aportaciones posteriores. Son perspectivas que predominaron en la primera mitad del S.XX y cuyos representantes más destacados fueron Taylor, Fayol, Weber y Mayo.
• Enfoques neoclásicos: que modernizan a la Teoría de la Organización aportando una visión más global e integral de los fenómenos organizativos, al intentar relacionar sus diferentes dimensiones. Estas perspectivas fueron dominantes entre los años 50 a 70 del S. XX, y sus autores más relevantes fueron Simon, March, Crozier, Bertalanffy, Lawrence, Lorsch, entre otros.
• Enfoques contemporáneos: que representan los paradigmas teóricos en los que figuran las tendencias y perspectivas que dominan el paisaje actual de la Teoría de la Organización, teniendo enfoques muy diversos que aportan pluralidad a la Teoría de la Organización y profundidad en el análisis de unas determinadas dimensiones organizativas. Son las perspectivas dominantes durante la década de los ochenta y parte de los noventa. Sus autores más relevantes son: Ouchi, Williamson, Cook, Viewel y Hunter, Selznick, Pfeffer, Mintzberg, etc.
Por su parte, Claver et al., (2002) diferenciaron las siguientes escuelas: tradicionales, orientadas al comportamiento, neoclásicas, de sistemas, métodos cuantitativos e investigación operativa, y estrategia y dirección estratégica. En esta última corriente destacan entre otros autores: Chandler, Mintzberg, Selznick, Ansoff, Schumpeter y Pfeffer.
Christensen (2019) establece una clasificación basada en tres tipologías: estructural, cultural y mitos. La primera de ellas (estructural) emana de las escuelas de negocio y ha sido utilizada ampliamente en el análisis de las organizaciones privadas (Christensen, 2019, p. 1).
La Teoría de la Organización es plenamente aplicada al análisis del funcionamiento y comportamiento de la Administración Pública. En Europa, cabe destacar la aportación de la escuela escandinava como exponente poniendo el foco en cómo operan, son organizadas, gestionadas y transformadas las administraciones públicas (Olsen, 2007). Ramió (1999) afirmaba que “cualquier Administración pública es una organización, pero también las entidades que forman parte de la misma, sean éstas formalmente independientes (agencias, organismos autónomos o empresas públicas), o no (departamentos centrales), pueden considerarse organizaciones a efectos analíticos” (p. 1). Sin embargo, Olsen (1991) argumentaba que, a pesar de tener agendas paralelas y supuestos compartidos, la Teoría de la Organización y las teorías políticas estuvieron en un estado de ignorancia mutua durante años, sin considerarse entre ellas como particularmente relevantes, interesantes o importantes. La causa de esa ignorancia mutua se localizaba, para este autor, en la escasa toma en consideración de las especificidades de las organizaciones gubernamentales, políticas y administrativas, y de la influencia que sobre ellas ejerce el entorno político-democrático por los modelos genéricos organizacionales. Por ello, los intentos de acercamiento y aplicación de este campo teórico en organizaciones públicas, no han estado exento de controversia.
En un primer momento la Teoría de la Organización consideraba que sus modelos conceptuales e instrumentales eran válidos para cualquier organización. Pero a raíz del surgimiento de la teoría de las contingencias cambia parcialmente esta consideración: se percibe a las organizaciones como únicas debido a que mantienen una original y particular relación con el entorno, pero aún así, se parte de la unicidad teórica y metodológica como mecanismos para llegar al conocimiento de tales particularidades. (Ramió, 1999, p. 22).
Casi tres décadas más tarde, Döhler (2017) consideraba que ese estado de indiferencia mutua, a excepción de pequeños avances realizados, se debía más a una percepción selectiva que a dificultades inherentes para la aplicación de esta Teoría en el campo de las Ciencias Políticas (p. 84). El mismo autor sostiene que el papel y la relevancia de las organizaciones en la investigación de la ciencia política y la administración pública está plagada de paradojas. Por un lado, pocos son los investigadores que niegan que la organización importa. En cambio, considerar a la organización como unidad o nivel de análisis es poco frecuente en la literatura debido al predominio de una perspectiva fenotípica en la percepción de las organizaciones (Döhler, 2020).
De Miguel Molina et al., (2017) analizan la gestión de las administraciones públicas a través de tres enfoques o paradigmas que conectan con las distintas escuelas y corrientes de la Teoría de la Organización. Incluso, afirman que se podría dar la paradoja de llegar a coexistir dentro de una misma organización varios de los siguientes paradigmas:
• Administración Pública o Public Administration (PA), en la que prevalece el enfoque clásico y la escuela estructuralista, weberiana o burocrática
• Gestión Pública o Public Management (PM), en el que comienza a tomar cierta relevancia el gerencialismo de los enfoques neoclásicos y contemporáneos
• Nueva Gestión Pública (NGP) o New Public Management (NPM, por sus siglas en inglés), en la que se da un paso decidido hacia la aplicación (con mayor o menor éxito) de las prácticas gerenciales y organizacionales de las distintas corrientes contemporáneas.
El modelo burocrático weberiano de la Administración Pública (PA) fue puesto en jaque globalmente a raíz de la crisis de los años 70 del siglo XX, comenzando a acudir a las técnicas de gestión utilizadas en el sector privado, surgiendo así el llamado paradigma de la Gestión pública o gerencialismo (PM), como combinación del Management y Derecho Público (De Miguel Molina et al., 2017, p. 16).
Ya en los años 80 emerge un nuevo paradigma, la Nueva Gestión Pública (NGP), término que fue acuñado por Hood (1991). Una primera característica de la NGP es la adopción por las organizaciones públicas de las prácticas gerenciales y organizacionales usadas en las compañías privadas (Christensen y Lægreid, 2011), bajo el axioma de la mejora de los resultados y fortalecimiento de la responsabilidad a través de un mejor monitoreo del desempeño (Lapuente y Van de Walle, 2020, p.469).
Diefenbach, (2009) identificó hasta cinco áreas en las que clasificar y agrupar los elementos principales introducidos por las reformas de la NGP: entorno de negocio y objetivos estratégicos, estructuras y procesos organizativos, sistemas de gestión y medición del desempeño, dirección y liderazgo, empleados y cultura corporativa.
Para Pollitt et al. (2004), uno de los cambios introducidos por la NGP que afectó a la estructuración organizativa de las administraciones públicas, y que mayor repercusión tuvo en la vida cotidiana de la ciudadanía, fue la “agencificación”. Bajo el término de “agencia”, estos autores se refieren a aquellas organizaciones públicas que tienen una mayor autonomía que cualquier departamento o división dentro de la estructura organizativa de la administración pública (p. 9).
Este paradigma de carácter global, y más concretamente, la reforma que afectó a la estructuración de la organización también tuvo su traslación a España. Tal y como sostienen Torres y Pina (2004) “la NGP surgió como reacción a la percepción ciudadana de una administración pública burocratizada e ineficiente, superponiéndose en lugar de transformar la estructura y estilos de la administración pública tradicional (p. 447). Sin embargo, casi cuatro décadas después de este movimiento transformador global, García-Juanatey et al. (2017) afirman que aún existe un escaso conocimiento del proceso de “agencificación” llevado a cabo en España durante las últimas décadas, así como de las resistencias que esta reforma ha suscitado. Este artículo pone el foco en el análisis cuantitativo y cualitativo del proceso de “agencificación” en la administración pública local, al objeto de conocer su magnitud y los retos organizacionales que se derivan del mismo.
De Miguel Molina et al. (2017) afirman que la administración pública puede analizarse en dos planos atendiendo a su forma de ordenarse. Un primer plano sería la estructura del Estado, donde tiene gran peso la territorialidad del modelo que sigue cada país. Y el otro plano sería el de cada organización pública en particular, lo que inevitablemente vendrá básicamente marcado por determinadas normas administrativas.
En el plano territorial, la Constitución española de 1978 reconoce el nivel local como una de las tres esferas de poder (junto con la estatal y la de las comunidades autónomas) en que el país se organiza (Albet i Mas, 2019). La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, (LRBRL) reconoce como entidades locales al municipio, la provincia y, en su caso, la isla, así como, eventualmente, las entidades locales menores, las comarcas, las áreas metropolitanas, y las mancomunidades; a todas estas entidades se les reconoce, además de la plena autonomía, la potestad reglamentaria, de auto-organización tributaria y financiera, de planificación, de expropiación, de ejecución y sanción, etc. con plena legitimidad y ejecutividad de sus actos (Albet i Mas, 2019).
Para analizar el plano organizativo objeto de este estudio, se introduce en primer lugar el concepto de servicio público local, recogido en el art. 85 de la LRBRL, y que es aquel que prestan las entidades locales en el ámbito de sus competencias. Estos servicios públicos habrán de gestionarse de la forma más sostenible y eficiente de entre las enumeradas a continuación: a) Gestión directa, que puede ser desarrollada por: la propia entidad local, por organismo autónomo local, por entidad pública empresarial local (EPEL) o por sociedad mercantil local cuyo capital social sea de titularidad pública; o b) Gestión Indirecta mediante las distintas formas previstas para el contrato de gestión de servicios públicos en el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
Asimismo, el art. 86 de la LBRL reconoce a las entidades locales la posibilidad de ejercer la iniciativa pública para el desarrollo de actividades económicas, siempre que esté garantizado el cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria y de la sostenibilidad financiera del ejercicio de sus competencias. En concreto, declara la reserva en favor de las entidades locales de las siguientes actividades o servicios esenciales: abastecimiento domiciliario y depuración de aguas; recogida, tratamiento y aprovechamiento de residuos, y transporte público de viajeros.
Por tanto, dentro del concepto de SPL queda integrada la propia entidad local (municipios, provincias, islas, mancomunidades comarcas, etc.), y también sus organismos autónomos locales, entidades públicas empresariales, sociedades mercantiles en cuyo capital tenga participación total o mayoritaria la entidad local o un ente público de la misma, fundaciones públicas locales, y consorcios IGAE (2007; p. 69).
No obstante, la responsabilidad del control (y coordinación) de estas entidades semi-autónomas sigue recayendo en la propia entidad local (sede central). Así, el art. 85 bis de la LRBRL establece respecto de los organismos autónomos y EPEL que ambos deberán quedar adscritos a una Concejalía, Área u órgano equivalente de la entidad local, si bien, en el caso de las EPEL, también podrán estarlo a un organismo autónomo local. Para reforzar este papel de la sede central, la disposición adicional novena dedicada al redimensionamiento del SPL, de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, incluyó en su apartado 4º la obligatoriedad de vinculación, dependencia o adscripción a la entidad local de los organismos autónomos, EPEL, sociedades mercantiles, fundaciones y consorcios, o en caso contrario, su disolución.
Nótese como el legislador, ya en 1985, en plena onda expansiva de la NGP, reguló la potestad auto-organizativa vinculada a la eficiencia en la gestión. Asistimos pues, a una suerte discrecional por la que una entidad local puede crear su propia estructura organizativa mediante la descentralización, divisionalización y especialización en departamentos y/o entidades semi-autónomas, para la prestación eficiente de los servicios públicos y el desarrollo de actividades económicas, siempre que quede garantizado el cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria y de la sostenibilidad financiera en el ejercicio de sus competencias.
Poniendo el foco en estas estructuras organizativas complejas, éstas podrían asemejarse a las organizaciones multidivisionales características del sector privado. El fenómeno de divisionalización y especialización fue observado por Chandler (1969) a partir de la segunda guerra mundial en las grandes corporaciones estadounidenses. Éstas comenzaron un proceso transformador desde estructuras organizativas funcionales hacia estructuras divisionales para dar respuesta al crecimiento y especialización de los mercados. Posteriormente, Williamson (1975) acuñó el término M-form para definir este nuevo modelo organizativo, diferenciándolo de las U-form tradicionales, en el que cada sub-unidad aporta una particular tarea o servicio a la cadena de valor del producto final. La M-form o forma divisional permite a la organización abarcar un mayor número de actividades, a través de la división especializada en alguna dimensión (producto, clientes, regiones). Estas divisiones actúan con plena autonomía, compartiendo entre ellas unos pocos servicios generales de soporte.
Tomando en consideración estos antecedentes, las dos cuestiones de investigación que se formulan, alineadas con el objetivo de esta investigación exploratoria, tienen el siguiente enunciado:
RQ 1: ¿Qué impacto ha tenido en el SPL español el proceso de agencificación característico de la Nueva Gestión Pública (NGP)?
RQ 2: ¿Qué estructura organizativa guarda mayor afinidad para el estudio de las grandes corporaciones del SPL español tras el proceso de agencificación característico de la Nueva Gestión Pública (NGP)?
Para dar respuesta a las cuestiones de investigación planteadas, la estrategia metodológica utilizada se dividió en dos etapas, una cuantitativa y otra cualitativa. En la primera etapa de análisis cuantitativo, para dar respuesta a la cuestión RQ1, se recurrió a los datos abiertos publicados en las bases de datos de organismos oficiales. En concreto, como fuente de datos oficial se accedió a la Base de Datos General del Sistema de Información para la consulta del Inventario de Entes del SPL, suministrado por el Ministerio de Hacienda y Función Pública del Gobierno de España, en el apartado correspondiente con la información de las corporaciones locales. Esta Base de Datos fue establecida por el Reglamento de desarrollo (R.D. 1463/2007, de 12 de noviembre, en su Título I) de la Ley 18/2001 General de Estabilidad Presupuestaria, en su aplicación a las Entidades Locales.
El análisis se centró en la evolución anual de las variables cuantitativas siguientes: entidades principales, entidades dependientes, tipología de entidades dependientes entre los registros disponibles para el rango comprendido entre los años 1996 y 2021. El tamaño de la población residente por ente territorial se obtuvo del padrón municipal y provincial publicado por el INE. El análisis se complementó con la verificación de los datos consultados en la Base de Datos del Inventario de Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local (INVENTE) de la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE). Este Inventario tiene su fundamento jurídico en el artículo 82 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, por el que se atribuye a la IGAE la integración, gestión y publicación del Inventario del Sector Público Estatal, Autonómico y Local.
Una vez estudiado el impacto del proceso de “agencificación” en el SPL en España, se desarrolló una segunda etapa de análisis cualitativo mediante el estudio de casos para dar respuesta a la cuestión de investigación RQ2. Para ello, un grupo de entidades representativas fueron seleccionadas. Accediendo a la información disponible en el apartado de organización de los portales de transparencia, se procedió al análisis de sus organigramas, contrastando la información reflejada con la Base de Datos de entidades dependientes INVENTE de la IGAE. Posteriormente, se procedió a sintetizar en un organigrama genérico las estructuras organizativas resultantes. El análisis por afinidad de este organigrama con las estructuras organizativas definidas en la literatura permitió dar respuesta a la RQ2.
Pese a haber transcurrido más de cuatro décadas desde la implantación de las reformas auspiciadas por la NPG, siguen siendo escasos los estudios que han analizado este fenómeno en el desempeño del SPL en España, incluso su impacto real en productos y resultados medibles (Lapuente y Van de Walle, 2020). En el nivel de la administración territorial del Estado podemos citar las investigaciones llevadas a cabo en agencias por Parrado (2008) y García-Juanatey et al. (2017). También en el ámbito local destacan los trabajos de Torres y Pina (2004) y Pérez-López et al., (2015).
Para conocer el impacto que el proceso de “agencificación” ha tenido en el SPL español, un primer análisis cuantitativo relaciona las variables de entidades dependientes creadas por cada entidad principal en el rango temporal disponible (entre los años 1996 y 2021), extraídas de la BD del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. El resultado, mostrado en la Figura 1, refleja la evolución en dos fases diferenciadas en el conjunto de entidades que conforman el SPL. Una primera fase de crecimiento continuo y lineal durante los primeros quince años que tiene su culmen en el año 2009, con un crecimiento superior al 64% en el número de entidades dependientes en dicho periodo. Posteriormente, una segunda fase a partir de 2010 de reducción progresiva, más acentuada en los primeros cinco años (2010-2014).
Figura 1. Evolución del número de entidades semi-autónomas creadas. Periodo 1996-2020.

Fuente: Elaboración propia, a partir de datos del Mº de Hacienda y Función Pública. Gobierno de España.
Para Zafra-Gómez et al. (2014), la causa principal de esta contención en el crecimiento y posterior descenso pudo deberse al incremento en las restricciones financieras y al mayor control y fiscalización de sus actividades, tras la crisis financiera de 2008. De hecho, el legislador no fue ajeno a esta situación coyuntural, impulsando en 2011 la reforma del artículo 135 de la Constitución española, que consagra la estabilidad presupuestaria como principio rector que debe presidir las actuaciones de todas las Administraciones Públicas. Este precepto constitucional fue desarrollo a través de dos normas: la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, y la por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local. Ambas exigían nuevas adaptaciones de la normativa básica en materia de Administración local para la adecuada aplicación de los principios de estabilidad presupuestaria, sostenibilidad financiera o eficiencia en el uso de los recursos públicos locales. A su vez, se exigía adaptar algunos aspectos de la organización y funcionamiento de la Administración local, así como imponer un control financiero y presupuestario más riguroso, favoreciendo la iniciativa económica privada y evitando intervenciones administrativas desproporcionadas.
Estas reformas legislativas desinflaron la burbuja del crecimiento inicial de las entidades dependientes en el SPL, situando el número de entidades dependientes de las entidades principales en valores cercanos al año 1997.
Un segundo análisis es realizado relacionando las variables: tipología de entidad dependiente y año en el rango temporal disponible. En la Figura 2 se observa un comportamiento dispar en la variable tipología de entidad dependiente. Mientras que las sociedades y consorcios han experimentado un comportamiento similar al descrito para el conjunto de entidades, los organismos autónomos experimentaron un leve descenso en esa primera fase y un posterior descenso drástico en la segunda etapa. En cambio, el número de fundaciones y EPEL se han mantenido constantes tras el periodo de crisis.
Figura 2. Evolución por tipologías de entidades. Periodo 1996-2021.

Fuente: Elaboración propia, a partir de datos del Mº de Hacienda y Función Pública. Gobierno de España.
En este caso, uno de los efectos perseguidos por las reformas legislativas era favorecer la iniciativa económica privada, evitando intervenciones administrativas desproporcionadas en los mercados. La reducción en un tercio de las sociedades mercantiles existentes en 2009 podría haber tenido el efecto esperado. De hecho, la normativa introduce que solo podrá hacerse uso de las formas jurídicas EPEL y Sociedades cuando quede acreditado mediante memoria justificativa elaborada al efecto que resultan más sostenibles y eficientes que la gestión directa desde las unidades de la propia administración pública, o en su caso a través de un Organismo Autónomo.
El tercer análisis cuantitativo se centró en las variables entidades dependientes y tamaño poblacional de la entidad territorial. En la Figura 3 se puede observar un incremento exponencial cuyo punto de inflexión se sitúa en poblaciones superiores a los cien mil habitantes. Poblaciones entre cien mil y quinientos mil habitantes disponen de una media de ocho entidades dependientes; entre quinientos mil y el millón de habitantes alcanza las veintidós entidades dependientes; y entes territoriales (municipios, provincias o islas) que superan el millón de habitantes, cuentan con una media superior a las treinta y tres entidades dependientes para la prestación de los servicios públicos y la realización de actividades de mercado.
Figura 3. Número de entidades creadas por estrato de población a diciembre de 2022.

Fuente: Elaboración propia, a partir de datos del Mº de Hacienda y Función Pública. Gobierno de España.
Atendiendo al censo de habitantes por municipios que publica el Instituto Nacional de Estadística (2022), el 98,14% de los municipios españoles -7.980 municipios - tienen menos de 50.000 habitantes. En consecuencia, el resultado muestra una clara concentración del fenómeno de agencificación en las grandes corporaciones locales y en aquellas entidades territoriales supramunicipales (diputaciones, cabildos y consejos insulares de islas capitalinas) con población superior a 100.000 habitantes. No obstante, según la misma fuente, el 39,9% de la población reside en municipios de más de 100.000 habitantes. En línea con Gonzalez et al., (2013) y Parrado, (2008), la actividad innovadora impulsada desde la NGP sólo ha tenido una tímida predisposición por las grandes corporaciones locales españolas. En la Tabla 1 se muestran los veinticinco municipios con un mayor número de entidades semi-autónomas creadas para el desempeño de los servicios públicos y actividades de mercado, segmentadas por tipología.
Tabla 1. Tipología de entidades creadas por la sede central (Ayuntamiento). Datos a 31-12-2022.
Ciudad |
Población |
OA |
EP |
SM |
F |
C |
O |
T |
Barcelona |
1.636.193 |
8 |
5 |
15 |
9 |
12 |
|
49 |
Málaga |
579.076 |
6 |
|
12 |
3 |
1 |
|
22 |
San Sebastián |
187.849 |
3 |
2 |
12 |
2 |
1 |
|
20 |
València |
792.492 |
7 |
1 |
5 |
6 |
|
|
19 |
Reus |
106.741 |
3 |
|
7 |
5 |
3 |
|
18 |
Sevilla |
681.998 |
4 |
1 |
8 |
2 |
1 |
|
16 |
Cádiz |
113.066 |
5 |
|
11 |
|
|
|
16 |
Bilbao |
344.127 |
2 |
2 |
8 |
3 |
|
1 |
16 |
Madrid |
3.280.782 |
5 |
|
8 |
|
1 |
1 |
15 |
Girona |
102.666 |
2 |
|
5 |
4 |
2 |
|
13 |
Tarragona |
134.883 |
3 |
1 |
7 |
1 |
1 |
|
13 |
Jerez de la Frontera |
212.801 |
1 |
|
6 |
4 |
1 |
|
12 |
Albacete |
172.357 |
4 |
|
2 |
2 |
4 |
|
12 |
Palma |
415.940 |
5 |
|
6 |
1 |
|
|
12 |
Valladolid |
295.639 |
2 |
1 |
6 |
1 |
1 |
1 |
12 |
Mataró |
128.956 |
1 |
2 |
2 |
3 |
4 |
|
12 |
Lleida |
140.797 |
2 |
|
3 |
3 |
4 |
|
12 |
Córdoba |
319.515 |
6 |
|
6 |
|
|
|
12 |
Zaragoza |
673.010 |
5 |
|
6 |
|
|
|
11 |
Terrassa |
224.474 |
|
1 |
8 |
|
|
2 |
11 |
Badalona |
223.506 |
3 |
|
6 |
1 |
1 |
|
11 |
Gijón |
267.706 |
3 |
|
8 |
|
|
|
11 |
Jaén |
111.669 |
8 |
|
2 |
|
|
|
10 |
Fuenlabrada |
189.891 |
5 |
|
5 |
|
|
|
10 |
Palmas de Gran Canaria, Las |
378.797 |
3 |
|
5 |
1 |
1 |
|
10 |
OA: Organismos Autónomos; EP: Entidades Públicas Empresariales Locales; SM; Sociedades mercantiles; F: Fundaciones; C: Consorcios; O: Otros; T: Total
Fuente: Elaboración propia, a partir de datos del Mº de Hacienda y Función Pública. Gobierno de España.
De los dos municipios con población superior al millón de habitantes, llama la atención la dispar relación estrategia/estructura adoptada por Barcelona y Madrid. Mientras la primera cuenta con 49 entidades semi-autónomas, la segunda ha creado menos de una tercera parte (15 entidades semi-autónomas). La misma disparidad se manifiesta en los cuatro municipios con población entre quinientos mil y un millón de habitantes (València, Sevilla, Zaragoza y Málaga). Málaga, siendo la ciudad de menor población en este rango, dispone del doble de entidades semi-autónomas que Zaragoza, gestionando servicios y actividades para un 20% más de población. Por último, el patrón también se reproduce en los municipios con rango de población entre cien mil y quinientos mil habitantes. San Sebastián-Donostia es el municipio con mayor número de entidades semi-autónomas creadas en este rango (veinte), en contraposición con Murcia, que con una población superior en 2.5 veces, solo ha creado cinco entidades semi-autónomas.
Poniendo el foco en el plano supramunicipal, las Diputaciones y los Consejos y Cabildos Insulares también forman parte del nivel local de la administración territorial. La Tabla 2 muestra la relación de las veinticinco primeras entidades supramunicipales con un mayor número de entidades semi-autónomas creadas para el desempeño de los servicios públicos y actividades de mercado a fecha 31 de diciembre de 2022, segmentadas por tipología.
Tabla 2. Tipología de entidades creadas por la sede central (Diputación / Consejo o Cabildo Insular). Datos a 31-12-22.
Diputación/Consejo/Cabildo |
Habitantes (INE-2021) |
OA |
EP |
SM |
F |
C |
O |
T |
Tenerife |
927.993 |
4 |
3 |
22 |
4 |
4 |
1 |
38 |
Bizkaia |
1.149.344 |
2 |
2 |
23 |
5 |
3 |
1 |
36 |
Guipuzkoa |
724.418 |
2 |
|
10 |
10 |
3 |
|
25 |
Gran Canaria |
852.688 |
6 |
1 |
6 |
5 |
4 |
1 |
23 |
Barcelona |
5.727.615 |
3 |
|
1 |
3 |
12 |
2 |
21 |
Alicante |
1.901.594 |
5 |
|
3 |
3 |
9 |
1 |
21 |
Álava |
334.412 |
3 |
|
8 |
4 |
2 |
|
17 |
Jaén |
623.761 |
2 |
|
2 |
2 |
9 |
|
15 |
Sevilla |
1.948.393 |
2 |
|
5 |
1 |
6 |
|
14 |
Cádiz |
1.246.781 |
4 |
1 |
3 |
1 |
3 |
|
12 |
Córdoba |
772.464 |
6 |
|
4 |
|
1 |
1 |
12 |
Lleida |
441.443 |
4 |
|
1 |
1 |
6 |
|
12 |
Málaga |
1.717.504 |
1 |
|
1 |
2 |
6 |
|
10 |
Mallorca |
912.544 |
3 |
|
|
4 |
2 |
1 |
10 |
Girona |
793.478 |
3 |
1 |
2 |
1 |
3 |
|
10 |
Castellón |
590.616 |
2 |
|
|
1 |
7 |
|
10 |
Albacete |
385.727 |
2 |
|
1 |
1 |
5 |
|
9 |
Lanzarote |
156.189 |
2 |
1 |
3 |
|
3 |
|
9 |
Granada |
921.987 |
5 |
|
1 |
|
2 |
|
8 |
Zamora |
167.215 |
1 |
|
1 |
|
6 |
|
8 |
Ciudad Real |
490.806 |
1 |
|
4 |
|
2 |
|
7 |
Valencia |
2.605.757 |
0 |
|
3 |
|
2 |
1 |
6 |
Almería |
740.534 |
1 |
|
1 |
|
4 |
|
6 |
Fuerteventura |
119.662 |
2 |
|
2 |
1 |
1 |
|
6 |
Zaragoza |
966.438 |
1 |
|
1 |
2 |
1 |
|
5 |
OA: Organismos Autónomos; EP: Entidades Públicas Empresariales Locales; SM; Sociedades mercantiles; F: Fundaciones; C: Consorcios; O: Otros; T: Total.
Fuente: Elaboración propia, a partir de datos del Ministerio de Hacienda y Función Pública. Gobierno de España.
Destaca el número de entidades dependientes creadas por la Diputación de Bizkaia, en el estrato de población superior al millón de habitantes; el Cabildo Insular de Tenerife y la Diputación de Guipuzcoa en el estrato de población con rango entre 500.000 y un millón de habitantes; y la Diputación de Álava en el estrato de población con rango entre 100.000 y 500.000 habitantes, todas ellas con valores superiores a la media. En el extremo opuesto, con un menor número de entidades creadas en relación a la media por estrato de población se sitúa: la Diputación de Valencia y Málaga, en el estrato de población superior al millón de habitantes; la Diputación de Zaragoza y Almería, en el rango de población entre 500.000 y un millón de habitantes.
A raíz del resultado anterior, se seleccionó una muestra de las diferentes entidades principales (Diputación, Cabildo o Consejo Insular, y Ayuntamiento) en las que el impacto de la “agencificación” ha sido significativo. La información fue extraída los portales de transparencia, publicada en el año 2022. A continuación, se realiza una breve descripción de la organización de estas entidades.
La Diputación Foral de Bizkaia se organiza en Departamentos Forales y Direcciones Generales. Los Departamentos Forales pueden tener carácter transversal o de soporte (Hacienda y Finanzas, Estrategia Digital y Corporativa; Administración Pública y Relaciones Institucionales; Gabinete del Diputado General), o ser gestores funcionales de una vertical (Sostenibilidad y Medio Natural; Acción Social; Euskera, Deportes y Cultura; Transporte y Movilidad Sostenible; Promoción económica; Infraestructuras y Desarrollo Territorial; Empleo, Inclusión social e igualdad). Cada uno de estos Departamentos se estructura a su vez en varias Direcciones Generales por ámbitos de especialización.
El organigrama sólo recoge 21 de las 36 entidades semi-autónomas bajo el control contable de la Diputación, adscritas a algunos Departamentos Forales, tal y como se muestra en la Tabla 3. Para determinar su clasificación se ha recurrido a la base de datos abierta de entidades INVENTE, de la IGAE.
Tabla 3. Entidades dependientes de la Dip. de Bizkaia por Departamentos Forales.
Departamento |
OOAA |
EPEL |
Soc. |
Fund. |
Otros |
Sostenibilidad y Medio Natural |
|
|
2 |
|
|
Acción Social |
1 |
1 |
|
|
|
Euskera, Cultura y Deporte |
|
1 |
1 |
2 |
1 |
Hacienda y Finanzas |
|
|
1 |
|
|
Transporte y Movilidad Sostenible |
|
|
1 |
|
|
Administración Pública y Relaciones Institucionales |
|
|
2 |
1 |
|
Promoción Económica |
|
|
4 |
|
|
Infraestructuras y Desarrollo Territorial |
|
|
3 |
|
|
Total entidades dependientes por tipología |
1 |
2 |
14 |
3 |
1 |
Fuente: Elaboración propia, a partir de datos publicados en el Portal de Transparencia.
El Cabildo Insular de Tenerife se organiza en Áreas de Gobierno, que a su vez dispone de los Servicios Administrativos y Técnicos para el ejercicio de sus funciones, de acuerdo al artº 3 de su Reglamento Orgánico. En el artº 11, además, se recoge que todas las entidades semi-autónomas creadas o por crear (Organismo Autónomo, Entidad Pública Empresarial, Fundación Pública, Consorcio y Sociedad mercantil), serán adscritas a un Área determinada, atendiendo a la mayor afinidad por razón de su objeto, pudiendo incluso ejercer la totalidad de las competencias del Área por dichas formas de gestión descentralizada, excepto aquellas que correspondan legalmente a otros órganos de la Corporación.
De la información extraída de su portal de transparencia, el Cabildo Insular de Tenerife cuenta con dos Áreas transversales (Gobierno del Presidente y Presidencia, Hacienda y Modernización), y ocho Áreas verticales (Acción Social, Participación Ciudadana y Diversidad; Cooperación Municipal y Vivienda; Desarrollo Sostenible y Lucha contra el Cambio Climático; Gestión del Medio Natural y Seguridad; Agricultura Ganadería y Pesca; Empleo, Desarrollo Económico y Acción exterior; Educación, Juventud, Museos y Deportes; Carreteras, Movilidad, Innovación y Cultura). En la Tabla 4 se muestra la distribución de entidades semi-autónomas por Áreas de gobierno y tipología.
Tabla 4. Entidades dependientes del Cabildo Insular de Tenerife, por áreas de gobierno.
Área de Gobierno |
OOAA |
EPEL |
Soc. |
Fund. |
Otros |
Gobierno del Presidente |
|
|
1 |
|
1 |
Presidencia, Hacienda y Modernización |
|
|
3 |
|
1 |
Acción Social, Participación Ciudadana y Diversidad |
1 |
|
2 |
|
|
Cooperación Municipal y Vivienda |
|
|
|
|
1 |
Desarrollo Sostenible y Lucha contra cambio climático |
1 |
|
1 |
|
|
Gestión del Medio Natural y Seguridad |
|
|
|
|
1 |
Agricultura, Ganadería y Pesca |
|
2 |
2 |
1 |
|
Empleo, Desarrollo socioeconómico y acción exterior |
|
|
4 |
1 |
1 |
Educación, Juventud, Museos y Deportes |
1 |
|
1 |
|
|
Carreteras, Movilidad, Innovación y Cultura |
1 |
1 |
8 |
2 |
|
Total entidades dependientes por tipología |
4 |
3 |
22 |
4 |
5 |
Fuente: Elaboración propia, a partir de datos publicados en el Portal de Transparencia.
El Ayuntamiento de Donostia/San Sebastián cuenta con un total de veinte (20) entidades dependientes, de las que tres son organismos autónomos, dos fundaciones, doce sociedades mercantiles, dos entidades públicas local empresariales y un consorcio. La entidad territorial alcanza los 187.849 habitantes. La media de entidades semi-autónomas creadas para este tipo de entes territoriales con población en el rango entre cien mil y quinientos mil habitantes es de ocho (8). El Ayuntamiento se organiza por Áreas de Gobierno, que a su vez se dividen en Direcciones. En la Tabla 5 se muestra la distribución de las entidades semi-autónomas creadas por Área de Gobierno.
Tabla 5. Entidades dependientes del Ayuntamiento de Donostia, por áreas de gobierno.
Direcciones |
OOAA |
EPEL |
Soc. |
Fund. |
Otros |
Cultura y Euskera |
1 |
1 |
5 |
|
1 |
Gobernanza |
1 |
|
|
|
|
Movilidad y Transporte |
|
|
1 |
|
|
Deportes, Seguridad Ciudadana y Protección Civil |
1 |
|
1 |
|
|
Acción Social |
|
|
|
1 |
|
Urbanismo Sostenible |
|
1 |
1 |
|
|
Mantenimiento Urbano |
|
|
1 |
|
|
Ecología, Salud Pública, Desarrollo Econom. y Empleo |
|
|
|
1 |
|
Turismo Sostenible |
|
|
3 |
|
|
Total entidades dependientes por tipología |
3 |
2 |
12 |
2 |
1 |
Fuente: Elaboración propia, a partir de datos publicados en el Portal de Transparencia.
De Miguel Molina et al. (2017) consideran que el autor que probablemente más ha profundizado en el estudio de la estructura de la organización es Mintzberg. Este autor clasificó las estructuras organizacionales en cinco tipologías: estructura simple, burocracia maquinal, burocracia profesional, forma divisional y adhocracia (Mintzberg, 1979).
Las administraciones públicas han sido frecuentemente analizadas como una burocracia maquinal (Ocaña, 2001). La burocracia maquinal es la estructura descrita en un principio por Max Weber, con responsabilidades, cualificaciones, vías de comunicación y reglas de trabajo normalizadas, así como una jerarquía autoritaria claramente definida (Mintzberg, 2018, p.358). Los postulados weberianos fueron inspiradores del paradigma PA que aún hoy sigue estando presente en muchos departamentos, unidades o para el conjunto de la administración.
De Miguel Molina et al., (2017) amplían el análisis de las organizaciones públicas, además, a la burocracia profesional. De ellas destacan una fuerte normalización de las habilidades, siendo sus propios integrantes los que crean esta estructura, y estando integrado el núcleo de operaciones por empleados de alto nivel. Como ejemplo de estas organizaciones públicas en los que se impone la burocracia profesional destacan las universidades y hospitales (De Miguel Molina et al., 2017, p. 63).
Sin embargo, tal y como se ha analizado en el apartado anterior, tras el proceso de agencificación en las grandes corporaciones municipales y supramunicipales del SPL, éstas ejercen su potestad auto-organizativa creando varias entidades semi-autónomas para la prestación eficiente de servicios públicos y desarrollo de actividades de mercado. De este primer hallazgo se podría deducir que un pequeño porcentaje de la administración pública local en España (1,86%), que sin embargo afecta al mayor porcentaje de la ciudadanía, dispone de una estructura organizacional que encaja mejor con la forma divisional definida por Mintzberg (Figura 4).
Figura 4. Estructura organizacional de la forma divisional.

Fuente: Elaboración propia, a partir de Mintzberg, (2018).
La M-form o forma divisional permite a la organización abarcar un mayor número de actividades, a través de la división especializada en alguna dimensión (producto, clientes, regiones). Estas divisiones actúan con plena autonomía, compartiendo entre ellas unos pocos servicios generales de soporte. Para Mintzberg, la forma divisional es, más que una organización integrada, una serie de entidades semiautónomas acopladas mediante una estructura administrativa central (Mintzberg, 2018, p. 426). El organigrama típico de la empresa divisional de fabricación es el mostrado en la Figura 4. Las características básicas descritas por Mintzber para esta estructura organizacional son las siguientes:
• La forma divisional recurre a la agrupación a base del mercado para las unidades de la parte superior de la línea media.
• La dispersión (y duplicación) de las funciones operativas minimiza la interdependencia entre divisiones, de modo que cada una de ellas puede funcionar como entidad semiautónoma, sin necesidad de coordinarse con las demás.
• Las divisiones tienden hacia la burocracia maquinal como estructura organizativa que mejor resultados genera.
• La sede central permite que las divisiones disfruten de una semi-autonomía en la toma de decisiones, controlando los resultados de la misma.
• El mecanismo principal de coordinación es la normalización de los outputs, y el parámetro de diseño central es el control del rendimiento.
• La sede central se reserva las funciones de conformación de portfolio estratégico, asigna los recursos financieros globales, diseña el sistema de control de rendimiento, nombra y sustituye a los directivos de las divisiones, realiza el seguimiento y control del comportamiento divisional, y proporciona algunos servicios de apoyo comunes a las divisiones.
Varias décadas después de este estudio pormenorizado llevado a cabo por Mintzberg, Döhler (2017) aplicó el concepto de la organización multidivisional (M-form) en su análisis exploratorio, en el que pretendía demostrar el impacto independiente que esta forma organizacional tiene en los resultados de las políticas impulsadas desde varias organizaciones públicas en Alemania y los Estados Unidos de América.
No obstante, tras el estudio de casos anterior en España, una simplificación representativa de su estructura organizacional se muestra en la Figura 5. La introducción de un nivel intermedio de carácter político-administrativo entre el ápice estratégico y la línea media operativa, confiere a esta estructura el carácter de forma multidimensional definido por Strikwerda (2008), en un análisis llevado a cabo en grandes corporaciones privadas y públicas en Los Países Bajos.
Figura 5. Aproximación a la estructura organizacional de las grandes corporaciones del SPL español.

Fuente: Elaboración propia.
Strikwerda basó su estudio en el análisis de 38 empresas y delegaciones en los describió las características comunes que presentan las organizaciones multidimensionales (p. 19-20). Algunas de esas características re-interpretadas, podrían ser transferidas a la gestión de organizaciones del SPL:
• Operan en mercados que no pueden ser segregados sobre la base de una sola dimensión, ya que su cliente (ciudadanía) tiene múltiples características y opciones, o el mercado tiene la naturaleza de una industria en red.
• Múltiples dimensiones en el mercado (sectores) han sido identificados, que en conjunción son críticos para la posición en ese mercado y el éxito de la estrategia de la institución.
• La organización está centrada en el cliente (ciudadanía), y aunque el reparto presupuestario se localiza, gestiona y monitoriza para cada división (dimensión de mercado), esta información es fundamental para optimizar la eficacia y desempeño de los recursos de cara a la ciudadanía.
• Los datos de transacciones son agregados a nivel corporativo, lo que permite su consolidación multi-dimensional y también no financiera del desempeño.
• Las oportunidades de cada mercado (sector) y los recursos se organizan por separado; la optimización de los recursos para establecer políticas en cada mercado (sector) se convierte en un tema corporativo, visible para todos. Los recursos se asignan de manera oportunista, ya sea por dimensiones o en servicios compartidos, en función de un uso eficiente de los recursos.
Este artículo, de carácter exploratorio, persigue identificar qué forma organizacional se asemeja mejor a las organizaciones que conforman el SPL español, tras los efectos de una de las reformas estrellas de la NGP, la “agencificación”. Con ello, se pretende establecer unas bases sobre las que asentar futuras investigaciones que permitan el fortalecimiento del Management, en línea con la meta 16.6 del ODS16 de la Agenda 2030. Para ello, el acceso a las bases de datos abiertas de organismos oficiales ha permitido mapear la totalidad de las administraciones públicas locales del país. En particular, el análisis se ha centrado en dos cuestiones concretas: qué impacto ha tenido el proceso de “agencificación” en las administraciones públicas locales y, en su caso, cómo se caracterizan las estructuras organizativas resultantes.
En relación a la primera cuestión, la fragmentación territorial de España a nivel local ha sido un freno para la implantación de una de las reformas estrella introducida por la NGP, la “agencificación”. Sólo aquellas entidades territoriales municipales con población superior a 100.000 habitantes, que representan tan solo el 1,86% de los municipios, y supramunicipales como Diputaciones, Cabildos y Consejos Insulares de islas capitalinas, han optado por la estrategia de creación de agencias semi-autónomas (entidades dependientes) en cualquiera de sus formas jurídicas (organismos autónomos, entidades públicas empresariales locales, consorcios, sociedades y fundaciones).
Chandler (1969) vinculó la estrategia con la estructura, enunciando el axioma que “la estructura sigue a la estrategia y la divisionalización es consecuencia de una diversificación estratégica”. Sin embargo, tal y como constatan Galan y Suárez (1997) este principio ha sido ampliamente revisado por la literatura posterior, concluyendo que as relaciones entre estrategia y estructura no deben concebirse como estrictamente causales ni deterministas, sino que ambas variables interactúan y se influyen en el tiempo, de tal manera que: (a) no siempre la divisionalización es consecuencia de una diversificación estratégica y (b) no siempre la estructura sigue a la estrategia.
De hecho, este fenómeno es más visible en el sector público. El impulso inicial dado por esta corriente del gerencialismo en el sector público fue atajado de forma súbita por los legisladores (Ley 27/2013, de 27 de diciembre) en un intento de racionalizar las estructuras y contener la deuda de las administraciones públicas. Aun así, algunas grandes corporaciones locales del país, como los Ayuntamientos de Barcelona, Málaga, Valencia o Donostia; Diputaciones como Bizkaia y Guipuzkoa, o Cabildos o Consejos Insulares como Tenerife, Mallorca y Gran Canaria, tienen un amplio número de entidades dependientes creadas como divisiones semi-autónomas para la prestación de servicios públicos o desarrollo de actividades de mercado. Sin embargo, otras entidades territoriales han seguido la estrategia de contención y racionalización, tal y como se puede constatar en el Ayuntamiento de Madrid o Zaragoza, y Diputaciones como Valencia o Málaga, entre otros.
En relación a la segunda cuestión de investigación, y pese al extendido uso de la forma burocrática weberiana para el estudio de la administración pública local, los hallazgos evidencian, en cambio, que es la forma multi-divisional la predominante en las grandes corporaciones locales, aquellas que producen bienes y servicios públicos para un mayor porcentaje de la población en España. También se observa que las reformas legales introducidas alejan a la estructura multidivisional en el SPL de su forma pura, definida por Williamson (1975), y la acercan a la que este mismo autor denominó “forma corrupta”, con un mayor control desde la sede central a través de la inserción de una capa intermedia entre la sede central y las divisiones. Adicionalmente, la representación de la estructura organizacional de las grandes corporaciones del SPL realizada, también encaja con algunas de las características re-interpretadas para el sector público, definidas por Strikwerda (2008) como forma multi-dimensional.
Futuras investigaciones empíricas deberán avanzar en el conocimiento de los mecanismos de coordinación que las entidades principales despliegan dentro de su estructura organizativa para la alineación estratégica y creación de sinergias con las entidades dependientes. Apoyado en Döhler (2017), se trataría de analizar los procesos internos mirando al interior de la “black box”, analizando las dimensiones: relación entre estructura y estrategia, liderazgo para la coordinación y creación de sinergias, y relación con los subsistema externos. La correlación entre las estrategias organizacionales adoptadas y la obtención de resultados de eficacia, motivo de la creación de las entidades multidivisionales, también deberán ser investigados. Por último, se profundizará en los retos que la Alta Dirección y la DPP afrontan en el Management de estas estructuras organizativas complejas y en posibles soluciones basadas en el conocimiento teórico y empírico que aporta la Teoría de la Organización.
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_______________________________
1 Universitat Politècnica de València. Email: afbaugut@doctor.upv.es
2 Universitat Politècnica de València. Email: jalfaro@omp.upv.es
3 Universitat Politècnica de València. Email: raurodro@upv.es